Instalaciones para la recuperación o destrucción de sustancias explosivas.
Nota: el fraccionamiento de proyectos de igual naturaleza y realizados en el mismo espacio físico no impedirá la aplicación de los umbrales establecidos en este Anejo, a cuyos efectos se acumularán las magnitudes o dimensiones de cada uno de los proyectos considerados.
- LFIPA [4A – H.5] – Licencia de actividad clasificada y EIA potestativa en funcion de criterios