¿Se desarrollan en suelo no urbanizable?
- Sí. [LFIPA 2C – E] – Autorización de afecciones ambientales
- No:
¿Se desarrolla en los Lugares que forman parte de la Red Natura 2000 o de Zonas de Especial Protección aprobados por el Gobierno de Navarra y no figura en los Planes Rectores de Uso y Gestión de los mismos, deriven o no de cualquier plan sectorial?
Sí. [LFIPA 2C – P] – Autorización de afecciones ambientales
No: Sin Trámite conforme a este Reglamento